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Reforma 2021 Outsourcing o Subcontratación

 OUTSOURCING Y SUBCONTRATACIÓN

En la actualidad existe un gran número de empresas que se dedican principalmente a la subcontratación, este concepto se refiere a un esquema laboral que es administrado por una empresa externa a la que actualmente se labora, donde se le proporciona al trabajador prestaciones mínimas de ley, las cuales son: Seguridad Social, aguinaldo, INFONAVIT, vacaciones y prima vacacional.

En México las empresas también utilizan el Outsourcing para simplificar la gestión de recursos humanos, disminuir los costos de mano de obra, inversión y compra de maquinarias o equipo necesario para desempeñar las actividades generales, esto permite a los empresarios enfocarse en desarrollar y entregar un mejor producto al mercado.
El pasado 23 de abril de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el cual se reforman, adicionan y derogan algunos artículos en favor de los trabajadores, algunas de las leyes que se reformaron son:

– Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Art 123)
– Ley federal del trabajo
– Ley del Seguro Social
– Ley del INFONAVIT

Donde se destaca lo siguiente para los subcontratistas:

– Queda prohibida la subcontratación de personal.
– Solo podrán participar en el proceso de contratación de personal, reclutamiento, selección, entrenamiento y capacitación entre otros.
– Se permite la subcontratación de servicios especializados o ejecución de obras especializadas, siempre y cuando se esté registrado en el padrón de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
– Para poder solicitar su registro en la STPS deberán estar al corriente con las obligaciones laborales, fiscales y de seguridad social este deberá renovarse cada 3 años. (Consulta los requisitos publicados en el DOF por la STPS el 24 de mayo de 2021).
– Contar con un contrato por escrito donde especifique objeto y número aproximado de trabajadores.
– Responsabilidad solidaria entre empresa y contratista.
– La STPS podrá negar o cancelar en cualquier momento los registros que no cumplan con los requisitos previstos.
– El padrón será público y estará disponible en la página de internet de la STPS.

Servicios especializados

Son aquellos que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica de la empresa contratista, algunos ejemplos son:

– Vigilancia
– Construcción
– Mantenimiento
– Limpieza

INFRACCIONES Y SANCIONES

El incumplimiento de las nuevas reformas a la subcontratación conlleva a ser acreedor de multas y sanciones que van desde 2,000 a 50,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) o bien en moneda nacional, desde 179,240 pesos a 4,481,000 pesos, esto a quien realice subcontratación de personal, así como las personas que presten el servicio sin tener un registro autorizado por la STPS incluso a quienes se beneficien de la subcontratación de personal.

Hoy en día, muchas empresas adquieren el esquema de subcontratación, el problema que surge a raíz de esto es que, quienes terminan principalmente afectados son los trabajadores ya que en materia de seguridad social la mayor parte de ellos tiene un salario menor ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en comparación con el que realmente perciben, a futuro las personas que laboraron bajo este esquema se verán afectadas por las bajas aportaciones para su retiro y por ende sus pensiones serán mínimas en la mayoría de los casos.

En conclusión, esta nueva reforma se ha diseñado en favor de los trabajadores que son contratados por un intermediario teniendo solo las prestaciones mínimas y sin derecho a obtener más beneficios, ahora ya podrán gozar de los mismos derechos y beneficios que tienen los trabajadores que sí están contratados por la empresa principal, de esta manera todos contarán con mayores recursos al momento de solicitar su retiro.

FUENTES:

Obtenido de:
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5616745&fecha=23/04/2021
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5619148&fecha=24/05/2021

Artículo realizado por: Pedro Rivas Jimenes

Si te gusto este articulo, dale me gusta, nos encanta saber tu opinión.

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2 Comments
Avatar
Rosa Galindo

Felicitaciones hijo sigue adelante.

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Andrea Paz

Muy buena información, importante saber cuales son nuestros derechos al momento de ser contratados de esta manera, excelente artículo. 👌

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