Calle 73 oriente 409-2 Col. Loma Linda Puebla Pue, CP-72477
2224235603
Síguenos
Calle 73 oriente 409-2 Col. Loma Linda Puebla Pue, CP-72477
2224235603

Apoyo por desempleo

CUENTA INDIVIDUAL PARA EL RETIRO

Debido a la emergencia sanitaria varios trabajadores han quedado desempleados, por lo cual algunos se vieron en la necesidad de hacer uso de su cuenta individual para el retiro. Esta cuenta que es administrada por la Afore (Administradora de Fondos para el Retiro) y es una forma de que el trabajador se financie mientras encuentra un nuevo empleo. Pero, ¿Qué tan benéfico es hacer uso de esos recursos?

REQUISITOS

En la actualidad se han incrementado estas prácticas por parte de los trabajadores, para hacer uso de esos recursos se deben cumplir ciertos requisitos:
-Que el Trabajador se encuentre registrado en la AFORE al menos 3 años y haber cotizado para el IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) mínimo 2 años. Actualmente existen 10 Afores en el mercado a nivel nacional entre ellas; Azteca, CitiBanamex, Coppel, Inbursa, SURA, InverCap, PensionISSSTE, Principal, Profuturo y XXI Banorte.
-Tener un expediente actualizado ante la Afore, el cual consiste en la actualización de datos biométricos de los trabajadores (huellas dactilares, iris de los ojos, las facciones del rostro, el tono de voz y la firma) los cuales son proporcionados por los trabajadores al cambiarse de Afore o al actualizar su expediente, para que trámites como este, sea más rápido y efectivo.
-No haber solicitado el apoyo por desempleo en los últimos 5 años.
-De manera general las Afores solicitan mínimo 46 días naturales posteriores a la fecha de baja del IMSS.

MODALIDADES

Una vez cumpliendo con los requisitos establecidos, se cuenta con dos modalidades:
Si se tiene una cuenta individual menor a 3 años, se debió haber cubierto al menos 12 bimestres de cotización ante el IMSS, se podrá disfrutar de un importe de 30 días del último salario registrado ante el IMSS, con un tope de 10 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) (896.20 Ochocientos noventa y seis pesos 22/100 M.N.)

Si la cuenta tiene 5 años o más de haber sido abierta, se podrá otorgar el monto que resulte menor entre 90 días del último salario base de cotización de las últimas 250 semanas o las que tuviera, o el 11.5% del saldo de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

REQUERIMINETOS PARA REALIZAR EL TRÁMITE

Para realizar el trámite se requiere:
1. Acudir a cualquier sucursal de la AFORE que administra tu Cuenta Individual y presentar la siguiente documentación:

-Solicitud de disposición de recursos debidamente llenada y firmada, que será proporcionada por la AFORE, o la cual se encuentra disponible en: https://www.e-sar.com.mx/PortalEs ar/public/presolicitudInicio.do, En un horario de 7:00 a 22:00 hrs, Solo con tu CURP (Clave Única de Registro de Población).
-Identificación oficial vigente: Credencial para votar o INE (mayores de edad), Acta de nacimiento (para menores de edad), Estado de cuenta de la Afore y Estado de cuenta con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) (Opcional).
-En caso de fallecimiento del Trabajador, la persona(s) que el titular de la cuenta haya designado tendrán derecho a disponer de los recursos de sus Subcuentas de Aportaciones Voluntarias, y deberán presentar: Formato de designación de Beneficiarios, Copia de Acta de defunción, Identificación oficial de quien realiza el trámite.
2. La AFORE gestionará ante el IMSS tu certificado de derecho al Retiro Parcial por Desempleo.

3. Una vez certificado el derecho por parte del IMSS, podrás disponer de los recursos bajo cualquiera de las dos modalidades antes mencionadas.

4. Aprobada la modalidad, la Afore realiza el pago de los recursos en un solo pago o en 6 mensualidades iguales.

Cabe mencionar que esta cuenta individual es el capital qué cada trabajador va reuniendo para su pensión.

En conclusión, todos los trabajadores tienen derecho a apegarse a los beneficios que se tienen contempladas en la Ley del Seguro Social, como retiro parcial por desempleo y por matrimonio, cabe aclarar que este tipo de retiros a la cuenta individual se verá afectada, disminuyendo las semanas cotizadas, el capital para el retiro se ve disminuido. Por lo tanto se recomienda no realizar retiros o en caso de que se requiera, se debe devolver ese importe proporcionado total o parcial para que las semanas cotizadas se reestablezcan y el capital que financia la pensión se aumente.

FUENTES:

Obtenido de:

Trámite: Retiro de Ahorro Voluntario (2021), Disponible en: https://www.consar.gob.mx/gob-mx/aplicativo/catsar/Principal-TramiteExt.aspx?idTramite=12&PAG_ACTUAL =/gobmx/aplicati-
vo/catsar/Principal/InicioExt.aspx

Pre-afiliación Consar (2021), disponible en:
https://www.e-sar.com.mx/PortalEsar/public/index.do

Ley del Seguro Social (2021), disponible en:
http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/pdf/leyes/LSS.pdf

Artículo realizado por: Anadelia Villarruel Jimenez

Si te gusto este articulo, dale me gusta, nos encanta saber tu opinión.

Related Posts
11 Comments
Avatar

Excelente información, ya muchos como yo, que somos empleados en ocasiones ignoramos de dicha información.
Felicidades conta.

Avatar

Gracias conta, por su aportación.

Avatar

Buen punto de vista, en ocasiones como trabajadores no tenemos la atención a ciertos beneficios o derechos que tenemos y los dejamos pasar desapercibidos.
Felicidades conta.!!

Avatar
Ana Villarruel

Gracias por tu comentario..!

Avatar

Gracias conta, por compartir esa información.
Pero… duda, ¿Qué pasa cuando no se devuelve el importe del apoyo por desempleo?

Avatar
Ana Villarruel

En el caso de que no se devuelva dicho importe, simplemente no se reestablecen las semanas cotizadas.

Avatar
Ana Villarruel

Hola buen día..
En caso de que no se devuelva dicho importe, simplemente las semanas cotizadas no se reestablecen, pero como recomendación, hacer lo posible para devolverlo, ya que no importa cuantos años pasen para devolver el importe y será el mismo.
Por ejemplo: si le proporcionaron 10,000.00 (diez mil pesos 00/100 mn) y pasan 10 años es el mismo importe que va a devolver, aunque haya pasado ese tiempo.

Avatar
Enrique

Excelente aportación..

Avatar
Rosy Moras Conde

Muy clara toda la información gracias por compartir 👏🏻👏🏻👏🏻

Avatar
Ana Villarruel

Gracias Lic. por el comentario.

Avatar
Ruth Torres

Hola amiga, Excelente información.!!
Felicidades..!

Responder a Claudia Cancelar respuesta

Your email address will not be published.Required fields are marked *